Vuelta al trabajo

    Permiso de Paternidad 2025: Duración y Derechos

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    Permiso de Paternidad 2025: Duración y Derechos

    Vas a ser padre o acabas de serlo y te preguntas cuánto tiempo podrás estar con tu bebé, cómo solicitar el permiso de paternidad y qué derechos te corresponden. Es completamente normal que tengas dudas: la legislación ha cambiado bastante en los últimos años y, aunque ahora los permisos son más largos e igualitarios, todavía hay muchas preguntas sobre cómo distribuirlos, cuánto cobrarás o qué pasa si sois familia monoparental.

    En 2025, el permiso de paternidad en España alcanza las 16 semanas, las mismas que el permiso de maternidad. Este cambio, que se completó en 2021, busca fomentar la corresponsabilidad desde el principio y que ambos progenitores podáis estar presentes en los primeros meses de vida de vuestro hijo o hija. Pero más allá de la duración, hay muchos detalles prácticos que conviene conocer: cuántas semanas son obligatorias, cómo puedes repartirlas, qué pasa si tu pareja no coge su permiso completo, o cómo funciona en casos de adopción.

    En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el permiso de paternidad en 2025: duración, requisitos, prestación económica, cómo coordinarlo con el permiso de maternidad, y casos especiales. Vamos a verlo paso a paso para que puedas planificar este tiempo con tranquilidad y aprovechar cada momento junto a tu peque.

    Primeras usuarias

    Tus derechos, tu leche, tu tiempo.

    Permiso de lactancia, reducción de jornada, extracción en el trabajo... pregúntale lo que necesites.Estamos abriendo las primeras plazas poco a poco.

    ¿Cuánto dura el permiso de paternidad en 2025?

    El permiso de paternidad 2025 tiene una duración de 16 semanas ininterrumpidas (112 días naturales). Este permiso es:

    • Intransferible: no puedes cedérselo a tu pareja ni ella puede cederte el suyo.
    • Retribuido al 100%: cobras el 100% de tu base reguladora durante todo el periodo.
    • Obligatorio en parte: las primeras 6 semanas deben cogerse obligatoriamente justo después del nacimiento, adopción o acogida. Las otras 10 semanas puedes distribuirlas con más flexibilidad.

    Esta equiparación con el permiso de maternidad se completó progresivamente desde 2019, cuando el permiso de paternidad era de 8 semanas, hasta alcanzar las 16 semanas en 2021. Desde entonces, la duración se mantiene estable en 2025.

    Comparativa histórica

    | Año | Duración permiso paternidad | |-----|----------------------------| | 2018 | 5 semanas | | 2019 | 8 semanas | | 2020 | 12 semanas | | 2021-2025 | 16 semanas |

    Este cambio ha supuesto un avance importante en la igualdad de permisos y en el reparto de cuidados desde el inicio de la vida del bebé.

    Cómo se distribuyen las 16 semanas

    Las 16 semanas del permiso de paternidad se dividen en dos bloques con normas diferentes:

    Primeras 6 semanas (obligatorias)

    • Deben cogerse inmediatamente después del nacimiento, adopción o acogida.
    • Son ininterrumpidas y a jornada completa: no puedes partirlas ni trabajar a tiempo parcial durante este periodo.
    • Coinciden con las 6 semanas obligatorias de la madre (si también coge su permiso).
    • Este tiempo busca garantizar que ambos progenitores estéis presentes en las primeras semanas, las más intensas para adaptarse a la llegada del bebé.

    Siguientes 10 semanas (flexibles)

    Las 10 semanas restantes puedes distribuirlas de forma más flexible:

    • Cuándo cogerlas: dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento, adopción o acogida.
    • Cómo cogerlas:
      • De forma ininterrumpida (todas seguidas).
      • De forma interrumpida (en varios bloques), siempre que cada bloque sea de al menos una semana completa.
      • A jornada completa o a tiempo parcial (mínimo 50% de la jornada), previo acuerdo con la empresa.

    Esta flexibilidad permite adaptar el permiso a las necesidades de cada familia: algunos padres preferís estar los primeros 4 meses completos con el bebé, otros preferís guardar algunas semanas para más adelante (cuando la madre se reincorpora, por ejemplo, o para ayudar en alguna etapa complicada).

    Ejemplo práctico de distribución

    Caso 1 — Todo seguido:

    • Semanas 1-6: obligatorias tras el nacimiento.
    • Semanas 7-16: justo después, sin interrupción.
    • Total: 4 meses completos desde el nacimiento.

    Caso 2 — Distribución flexible:

    • Semanas 1-6: obligatorias tras el nacimiento.
    • Semanas 7-10: justo después (1 mes más).
    • Semanas 11-16: guardadas para cuando la madre se reincorpore al trabajo (mes 5 del bebé).
    • Total: 2 meses + 1 mes, con 6 semanas diferidas.

    Caso 3 — Tiempo parcial:

    • Semanas 1-6: obligatorias a jornada completa.
    • Semanas 7-16: trabajando al 50% de la jornada durante 20 semanas (equivalente a 10 semanas completas).

    Requisitos para solicitar el permiso de paternidad

    Para tener derecho al permiso de paternidad y a la prestación económica de la Seguridad Social, debes cumplir estos requisitos:

    1. Estar dado de alta en la Seguridad Social

    Debes estar trabajando y cotizando en el momento del nacimiento, adopción o acogida, o estar en situación asimilada al alta (como desempleo cobrando prestación).

    2. Periodo mínimo de cotización

    Depende de tu edad:

    • Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo de cotización.
    • Entre 21 y 26 años: se exigen 90 días cotizados en los 7 años anteriores, o 180 días cotizados en toda tu vida laboral.
    • Mayores de 26 años: se exigen 180 días cotizados en los 7 años anteriores, o 360 días cotizados en toda tu vida laboral.

    3. Ser progenitor (biológico, adoptivo o de acogida)

    El permiso se reconoce al otro progenitor distinto de la madre biológica. En el caso de parejas del mismo sexo, ambas podéis acceder al permiso completo de 16 semanas cada una.

    Trabajadores autónomos

    Los autónomos también tenéis derecho al permiso de paternidad completo (16 semanas) con las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena:

    • Debes estar dado de alta y al corriente de pago en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
    • Se aplican los mismos periodos de cotización mínimos según edad.
    • Cobras el 100% de la base reguladora, igual que los asalariados.
    • Puedes seguir trabajando durante el permiso (la ley no lo prohíbe expresamente para autónomos), aunque esto contradice el espíritu de la norma y puede generar dudas administrativas. Lo recomendable es cesar la actividad durante el permiso.

    ¿Cuánto se cobra durante el permiso de paternidad?

    Durante el permiso de paternidad, la Seguridad Social te paga una prestación del 100% de tu base reguladora. Esto significa que cobras lo mismo que tu salario neto habitual (con los topes legales de cotización).

    Cálculo de la prestación

    La base reguladora se calcula dividiendo la suma de las bases de cotización de los últimos 6 meses entre 180 días. A esa cantidad se le aplica el 100%.

    Ejemplo:

    • Salario bruto mensual: 2.000 €
    • Base de cotización mensual: 2.000 €
    • Base reguladora: (2.000 € × 6 meses) / 180 días = 66,67 € al día
    • Prestación diaria: 66,67 € (100%)
    • Prestación mensual aproximada: 2.000 €

    Topes máximos y mínimos

    La prestación está sujeta a los topes de cotización de la Seguridad Social:

    • Tope máximo (2025): 4.495,50 € al mes.
    • No hay tope mínimo: si tu base de cotización es baja, cobrarás proporcionalmente menos.

    Quién paga la prestación

    La prestación la abona directamente la Seguridad Social (no la empresa), mediante transferencia bancaria. El pago suele llegar entre el 20 y el 30 de cada mes, una vez tramitada y aprobada la solicitud.

    Cómo solicitar el permiso de paternidad

    El trámite para solicitar el permiso de paternidad es sencillo, pero requiere que presentes la documentación en plazo. Estos son los pasos:

    1. Comunicar a la empresa

    Debes avisar a tu empresa de que vas a coger el permiso de paternidad con al menos 15 días de antelación (si es posible; en caso de parto prematuro o imprevisto, avisa en cuanto puedas). Esta comunicación puede ser verbal, pero es recomendable hacerla por escrito (email, burofax) para tener constancia.

    Indica:

    • Fecha prevista de inicio del permiso.
    • Cómo vas a distribuir las 16 semanas (si ya lo tienes claro).

    2. Solicitar la prestación a la Seguridad Social

    Puedes hacerlo de dos formas:

    A) Online (recomendado):

    • Entra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.
    • Accede a "Prestaciones" > "Nacimiento y cuidado de menor".
    • Rellena el formulario y adjunta la documentación.

    B) Presencialmente:

    • Pide cita previa en tu Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
    • Lleva la documentación en papel.

    3. Documentación necesaria

    • DNI o NIE del solicitante.
    • Libro de familia o certificado de nacimiento del bebé (si ya ha nacido).
    • Si es adopción o acogida: resolución judicial o administrativa.
    • Informe de maternidad (lo proporciona la Seguridad Social si la madre está cobrando su prestación).
    • Si trabajas por cuenta ajena: la empresa debe rellenar el certificado de empresa (lo hace telemáticamente en la mayoría de casos).
    • Si eres autónomo: justificante de estar al corriente de pago en el RETA.

    4. Plazo de solicitud

    Puedes solicitar la prestación desde el mismo día del nacimiento (o resolución de adopción/acogida) hasta 15 días después de que finalice el periodo de descanso. Pero es recomendable hacerlo cuanto antes para evitar retrasos en el cobro.

    5. Resolución y pago

    La Seguridad Social tiene un plazo de 30 días para resolver, aunque en la práctica suele ser más rápido (1-2 semanas). Si la solicitud es correcta, empezarás a cobrar la prestación de forma retroactiva desde el primer día de permiso.

    Coordinación con el permiso de maternidad

    Uno de los cambios más importantes de la equiparación de permisos es que ahora ambos progenitores podéis estar de baja al mismo tiempo sin penalización. Veamos cómo funciona la coordinación:

    Primeras 6 semanas: juntos

    Las 6 primeras semanas obligatorias de cada progenitor coinciden en el tiempo. Esto significa que durante las primeras 6 semanas tras el nacimiento, tanto la madre como tú podéis estar de baja simultáneamente, cada uno cobrando su prestación completa.

    Esto es especialmente valioso en las primeras semanas, cuando la recuperación física de la madre, el establecimiento de la lactancia (si se da el pecho) y la adaptación a la nueva rutina requieren mucho apoyo.

    Semanas 7 a 16: flexibilidad

    A partir de la semana 7, cada progenitor puede distribuir sus 10 semanas restantes como prefiera. Esto abre varias posibilidades:

    Opción 1 — Solapamiento completo: Ambos cogéis las 16 semanas seguidas desde el nacimiento. Resultado: 4 meses juntos en casa.

    Opción 2 — Relevos: La madre coge sus 16 semanas seguidas (semanas 1-16). Tú coges las 6 obligatorias (semanas 1-6) y luego guardas las otras 10 para cuando ella se reincorpore (semanas 17-26). Resultado: 6 meses de cobertura parental continua.

    Opción 3 — Mixto: Parte solapada (por ejemplo, los primeros 3 meses juntos) y parte en relevo (guardas algunas semanas para más adelante). Permite equilibrar apoyo inicial y cobertura prolongada.

    No hay una opción mejor que otra: depende de vuestras circunstancias laborales, económicas, de lactancia, red de apoyo, etc. Lo importante es que ahora tenéis flexibilidad real para organizaros.

    La realidad de los permisos actuales

    Es importante que sepas que, aunque la equiparación de permisos es un avance significativo, existe un consenso claro entre profesionales de la salud materno-infantil: estos permisos siguen siendo insuficientes para las necesidades reales de los bebés durante su primer año de vida. La separación temprana y prolongada de las figuras de apego principales puede tener impacto en el vínculo y en el desarrollo emocional del bebé.

    Algunos profesionales proponen modelos más transformadores, como la redistribución radical del trabajo para que cada progenitor trabaje solo 4 horas diarias, permitiendo así que siempre haya un adulto disponible para el bebé sin renunciar completamente al desarrollo profesional. Otros defienden incluso la posibilidad de llevar a los bebés al trabajo como alternativa a la separación forzosa, aunque esto depende completamente del tipo de empleo y de la cultura organizacional.

    Si al planificar vuestra vuelta al trabajo sentís que 16 semanas no son suficientes, vuestra intuición es correcta. Este conflicto no es culpa vuestra: es una manifestación de estructuras sociales y laborales que no están diseñadas pensando en las familias. Conocer vuestros derechos os permite explorar todas las alternativas: ¿podéis acumular la hora de lactancia? ¿Vuestra pareja puede ajustar también su jornada? ¿Existe posibilidad de teletrabajo parcial? ¿Podéis negociar una reincorporación gradual? Explorad todas las opciones antes de asumir que debéis volver a jornada completa inmediatamente.

    Casos especiales

    Parto múltiple

    En caso de gemelos, trillizos o más, cada progenitor tenéis derecho a 2 semanas adicionales por cada hijo o hija a partir del segundo. Es decir:

    • Gemelos: 16 + 2 = 18 semanas cada progenitor.
    • Trillizos: 16 + 2 + 2 = 20 semanas cada progenitor.

    Estas semanas adicionales también son flexibles y podéis cogerlas dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento.

    Discapacidad del bebé

    Si el bebé tiene una discapacidad reconocida (o se certifica en el momento del nacimiento), cada progenitor tenéis derecho a 1 semana adicional de permiso. Total: 17 semanas.

    Parto prematuro u hospitalización

    Si el bebé nace prematuro o necesita hospitalización de más de 7 días tras el parto, se amplía el permiso:

    • Hasta 13 semanas adicionales (dependiendo del tiempo de hospitalización).
    • Estas semanas extra son independientes de las 16 semanas base.
    • Podéis cogerlas a la vez que el permiso ordinario o después.

    Adopción y acogida

    El permiso de paternidad funciona exactamente igual en casos de adopción o acogida permanente:

    • 16 semanas por cada progenitor.
    • 6 semanas obligatorias desde la resolución judicial o administrativa.
    • 10 semanas flexibles dentro de los 12 meses siguientes.
    • Misma prestación económica (100% de la base reguladora).

    En adopción internacional, el permiso puede iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución, si es necesario viajar al país de origen del menor.

    Familias monoparentales

    Si eres padre o madre monoparental (por decisión propia, fallecimiento del otro progenitor, o cualquier otra causa), tienes derecho a:

    • Tu permiso completo de 16 semanas (como padre o madre que seas).
    • 6 semanas adicionales del permiso del otro progenitor (que no puede ejercerlo).
    • Total: 22 semanas de permiso retribuido.

    Estas 6 semanas adicionales también son flexibles y puedes distribuirlas dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento o adopción.

    Parejas del mismo sexo

    En parejas de dos madres o dos padres, ambos tenéis derecho al permiso completo de 16 semanas cada uno:

    • En parejas de dos madres: una es la madre gestante (con las 6 semanas obligatorias tras el parto) y la otra es la madre no gestante (con sus 6 semanas obligatorias que pueden coincidir). Ambas cobráis vuestra prestación.
    • En parejas de dos padres (adopción o gestación subrogada legal): ambos tenéis derecho al permiso de 16 semanas con las mismas condiciones.

    Derechos laborales durante y después del permiso

    Protección contra el despido

    Durante el permiso de paternidad y hasta que el bebé cumpla 12 meses, estás protegido contra el despido:

    • No pueden despedirte por estar de baja por paternidad.
    • Si te despiden durante este periodo, el despido se presume nulo (discriminatorio), salvo que la empresa demuestre una causa objetiva ajena al permiso.
    • Si el despido es declarado nulo, tienes derecho a la readmisión inmediata y al pago de los salarios dejados de percibir.

    Reincorporación

    Al finalizar el permiso, tienes derecho a:

    • Volver a tu mismo puesto de trabajo o a uno de igual categoría y retribución.
    • Mantener todas las condiciones laborales previas (horario, funciones, salario).
    • Que se te computen las mejoras salariales que se hayan producido durante tu ausencia (subidas de convenio, aumentos generales, etc.).

    Lactancia y reducción de jornada

    Tras el permiso de paternidad, también tienes derecho a:

    • Permiso de lactancia: 1 hora diaria (o acumulable en jornadas completas según convenio) hasta que el bebé cumpla 9 meses. Este permiso puede disfrutarlo cualquiera de los dos progenitores (pero no ambos a la vez por el mismo hijo).
    • Reducción de jornada por cuidado de menor: puedes reducir tu jornada entre 1/8 y 1/2, con reducción proporcional de salario, hasta que el bebé cumpla 12 años.

    Es importante que sepas que solicitar una reducción de jornada o una excedencia no debería ser motivo de discriminación laboral, aunque lamentablemente en la práctica muchas personas enfrentan obstáculos en sus carreras por ejercer estos derechos.

    Vacaciones

    El tiempo de permiso de paternidad no consume vacaciones. Si tu periodo de permiso coincide con tus vacaciones anuales, estas quedan suspendidas y puedes disfrutarlas en otro momento (incluso aunque se haya acabado el año natural).

    Diferencias entre permiso de paternidad y excedencia

    Es importante no confundir el permiso de paternidad con la excedencia por cuidado de hijos:

    | Concepto | Permiso de paternidad | Excedencia por cuidado de hijos | |----------|----------------------|----------------------------------| | Duración | 16 semanas | Hasta 3 años | | Retribución | 100% de la base reguladora | Sin retribución (salvo convenio) | | Obligación empresa | Reservar puesto y pagar Seg. Social | Reservar puesto 1 año, después solo "puesto similar" | | Cotización | Sí, cotizas normalmente | No cotizas (salvo que pagues voluntariamente) | | Cuándo | Primeros 12 meses del bebé | Desde el nacimiento hasta los 3 años |

    El permiso de paternidad es un derecho retribuido y protegido. La excedencia es una opción voluntaria, sin sueldo, para quien quiera o necesite alargar el tiempo en casa más allá de los permisos legales.

    Preguntas frecuentes

    ¿Puedo coger el permiso si mi pareja no trabaja?

    Sí. El permiso de paternidad es un derecho individual e intransferible. Aunque tu pareja no trabaje, no coja su permiso de maternidad o lo coja parcialmente, tú tienes derecho a tus 16 semanas completas.

    ¿Puedo renunciar a parte del permiso?

    Las 6 primeras semanas son obligatorias por ley: no puedes renunciar a ellas ni cedérselas a tu pareja. Las otras 10 semanas sí puedes no cogerlas (aunque perderías ese derecho y la prestación), pero no tiene sentido económico ni legal hacerlo, ya que es un derecho retribuido.

    ¿Qué pasa si cambio de trabajo durante el permiso?

    Si cambias de empresa durante el permiso, la prestación la sigue pagando la Seguridad Social sin interrupción (no depende de la empresa). Al reincorporarte, lo harías a la nueva empresa. Si cambias antes de coger el permiso, tienes derecho a cogerlo en la nueva empresa siempre que sigas cumpliendo los requisitos de cotización.

    ¿Puedo coger el permiso si soy funcionario?

    Sí. Los funcionarios y personal laboral de las administraciones públicas tenéis los mismos derechos que los trabajadores del sector privado: 16 semanas de permiso retribuido al 100%. Las condiciones son idénticas, aunque la tramitación se hace a través de tu departamento de recursos humanos (no directamente con la Seguridad Social).

    ¿Y si trabajo en varias empresas a la vez?

    Si tienes pluriempleo (trabajas en dos o más empresas), tienes derecho al permiso en todas ellas simultáneamente. La prestación se calcula sumando todas tus bases de cotización (con el tope máximo legal). Debes solicitarlo en cada empresa y hacer una única solicitud de prestación a la Seguridad Social.

    ¿Puedo coger el permiso si estoy en ERTE o desempleado?

    • ERTE: si estás en ERTE, puedes coger el permiso de paternidad. La prestación la cobras de la Seguridad Social (no de la empresa), y durante el permiso se suspende el ERTE.
    • Desempleo: si estás cobrando prestación por desempleo, también tienes derecho al permiso de paternidad (es una situación asimilada al alta). Durante el permiso se suspende la prestación de desempleo y cobras la de paternidad; al acabar, recuperas el desempleo por el tiempo que te quedaba.

    Planifica vuestro permiso con tranquilidad

    El permiso de paternidad en 2025 es un derecho amplio, flexible y bien retribuido que te permite estar presente en los primeros meses de vida de tu hijo o hija. Con 16 semanas a tu disposición, tienes margen para organizarte de la forma que mejor se adapte a vuestra situación familiar y laboral: ya sea estando los primeros 4 meses completos en casa, distribuyendo el tiempo en varios bloques, o coordinándote con tu pareja para cubrir más meses de forma continua.

    Lo importante es que conozcas tus derechos, comuniques tus intenciones a la empresa con tiempo, y tramites la prestación sin dejarlo para el último momento. Aprovecha este tiempo: los primeros meses son intensos, agotadores, pero también únicos. Estar presente, aprender a cuidar a tu bebé, apoyar a tu pareja y crear vuestro ritmo como familia es un regalo que no volverá.

    Es cierto que incluso con 16 semanas, muchas familias sienten que el tiempo es insuficiente. Si te encuentras en esa situación, recuerda que puedes explorar opciones adicionales: acumular la hora de lactancia, negociar reducción de jornada, valorar excedencias, o buscar modalidades flexibles de trabajo. Cada familia es diferente, y vuestro plan también puede serlo.

    Si necesitas ayuda para planificar cómo distribuir vuestros permisos de maternidad y paternidad de forma óptima según vuestra situación (fechas, lactancia, trabajo, necesidades), Nara puede acompañaros en esa planificación y resolver dudas en tiempo real sobre qué opción os conviene más 💜

    ¿Necesitas ayuda para organizarte?

    Nara te ayuda a planificar tu vuelta al trabajo sin renunciar a la lactancia.